Constituyente sin plenos poderes 

Columnistas, Opinión

La constituyente no será de “plenos poderes”. La CC ha dejado en claro en el dictamen 11-25-RC/25A que se limitará a la elaboración del proyecto de nueva constitución, sin que pueda dictar disposiciones con efectos externos, salvo el reglamento interno. Estará impedida, por el contenido de la pregunta de la consulta popular y por el estatuto que apruebe la ciudadanía, de hacer lo que hizo la constituyente de 2007 con sus mandatos constituyentes. En un Estado estructurado, no sólo con su Constitución -la vigente- sino con sus órganos de poder democráticamente legitimados, es un imposible jurídico una constituyente de plenos poderes. En tal virtud, la constituyente no podrá ser otra cosa que una asamblea constitucional, parecida a la que dictó, en 1998, una de las mejores constituciones del Ecuador.

El 2007, el Presidente de ese entonces convocó a una constituyente de plenos poderes para crear el vacío institucional necesario que le permitiera tomar el control de los órganos del poder o neutralizarlos, antes de la aprobación de la Constitución. Los constituyentes aprovecharon los plenos poderes otorgados, no por los ciudadanos sino por el Presidente, para legislar y gobernar con mandatos. En una jugada para ingenuos, el Presidente puso a disposición su cargo ante esos soberanos constituyentes. El 2007, el Estado contaba su Constitución -la de 1998-, sus órganos de poder democráticamente legitimados y una bolsa cuantiosa de ahorros petroleros. Los plenos poderes sirvieron para tumbar esa Constitución y apoderarse de los órganos y de los recursos.

Es motivo de tranquilidad que los futuros constituyentes sepan, desde ahora, que no podrán convertirse en portadores de la soberanía popular absoluta, con el poder de desconocer la autoridad de los poderes constituidos. Su función esencial será la de elaborar un “proyecto” de nueva constitución. 

Sin embargo, los despistados voceros de los plenos poderes están repitiendo, el 2025, las mismas consignas de los seudo revolucionarios jacobinos del 2007. Parecen igualmente formados en las perniciosas doctrinas de los revolucionarios franceses (Sieyés, Condorcet, Saint Just, Robespierre) que provocaron, al final, como “ingenieros sociales” y totalitarios, el sangriento “régimen del terror”. Parece que ni siquiera saben de la existencia de Burke y De Maistre, pensadores y políticos de esa época, que advirtieron hacia donde conducían las ideas del poder absoluto del llamado “pueblo” y de los constituyentes con “plenos poderes”.

Se  debería recordarles a esos voceros del colapso institucional, que no puede existir una constituyente de plenos poderes dentro de un Estado constitucional y democrático, con autoridad y mando político. (O)

Deja una respuesta