Obligación de don Ramón Egüez a Jacinto Velosso. 1778/ Pedro Reino

Columnistas, Opinión


Hasta donde se pueden leer datos, el Doctor Don Jossef  Alexandro  Egüez y Villamar, había nacido en 1731 en Alausí. Su muerte ocurrió un 22 de Octubre de 1796, en Cartagena de Indias, Nueva Granada, a los 65 años.  Es un eclesiástico que forma parte de una familia de acaudalados terratenientes y de burócratas que ocuparon importantes espacios de poder político, no solo en Riobamba y Ambato, sino en varios puntos de la Nueva Granada. Importa saber que se enrolaron a la idea de la independencia americana, llegando a figurar como próceres. Lo que no se ha dicho es que formaron parte de vinculados al tráfico de esclavos. Miremos estos datos ubicados en el archivo de la Casa de la Cultura de Chimborazo:

“En la villa del glorioso apóstol San Pedro de Riobamba en 19 días del mes de noviembre de 1778 años ante mí el   escribano público de cabildo  y real hacienda y testigos … pareció presente el Capitán Don Ramón Egüez y Villamar Procurador General del Ilustre Cabildo de esta villa, a quien doy fe que conozco, y como apoderado de el doctor Don Jossef  Alexandro  Egüez y Villamar, cura y vicario juez eclesiástico de la ciudad de Guayaquil, según consta y parece de el dicho poder general que se me manifestó otorgado por el dicho doctor en la expresada ciudad, a los 7 días del mes de octubre  de este presente año de la fecha ante Alexo Guiraldez Pereyra  y Castro, escribano de cabildo, minas y real hacienda que parece ser bastante, y usando de el =

Dixo que el otorgante en virtud de el dicho poder general y de la cláusula en que consta el que pueda solicitar y tomar prestadas las cantidades de pesos que necesitare para el jiro de las negociaciones de el dicho su hermano, poderdante, por no tener medios para implementos de los jueces, escribanos y más ministros que van a salir a la entrega y posesión de todos los bienes y haciendas del Capitán Don Sebastián de Villamar, según quedaron por fin y muerte, ha cojido prestados de poder de don Manuel Suárez, escribano público de esta villa, cien pesos de a ocho reales en plata sellada usual y corriente para hacer dichos suplementos, los quales por haberse hallado depositados en poder del dicho escribano, han tratado el que dicho doctor don Alexandro Egüez, los ha de entre entregar en dicha ciudad de Guayaquil a don Jacinto Velosso en este último viaje,  para lo cual se le ha pedido al otorgante haga  escriptura de obligación, y viniendo en ello en aquella vía y forma que más haya lugar en derecho=

Resulta curioso saber que entre dos poderosas economías de los hermanos Egüez y Villamar, se anden asegurándose préstamos ante notarios. Lo que sorprende también es que a más de las supuestas “desconfianzas” con que aparentaban en público sus economías y sus negocios, hayan cancelado la presente escritura sin mayor explicación, porque una larga nota marginal al texto de la  anterior escritura  señala que “se da por cancelada esta presente escriptura y sus traslados para que no valgan”. Esto en 18 de enero de 1779 por parte de Manuel Suárez, escribano público, quien firma sin más explicaciones.

Don Ramón Egüez, quiere que su hermano obispo quede obligado hasta con sus bienes a pagarle “a la persona que por él los demandare en este último viaje del verano de este año, con más las costas y gastos que en la cobranza se accionaren… y a las que sus causas puedan y deban conocer, a cuyo fuero y jurisdicción se somete y sometió  al dicho su hermano… en cuyo testimonio así lo otorga y firma  siendo testigos don Joachín Ortiz, Miguel de Cevallos y Oviedo, y Antonio Lucio, presentes de que doy fe. Constan las firmas de Ramón Egüez y Villamar, y de Francisco de Velasco y Vallejo escribano público de cabildo y real hacienda.”  Pocos años después, por intermedio de terceros, encontramos al obispo  Egüez, en el tráfico de negros desde el Caribe colombiano.

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