UNA SIMULACIÓN ILEGAL / Paúl Viteri Albán

Columnistas, Opinión

Desde que la acción de protección se convirtió en un mecanismo para que varias autoridades aliadas al presidente Lasso puedan quedarse con sus puestos de trabajo, es indudable que está sufrió una evidente desnaturalización que de a poco la va convirtiendo en una burda simulación de defensa de derechos que, en el mejor de los contextos, no sería más que un claro reflejo de la terrible y paupérrima situación en la que se encuentra nuestro país.

 Es lamentable que cada semana aparezca un nuevo caso de abuso de una garantía jurisdiccional que se suponía era la madre o más importante de las garantías, ya que en esta ocasión fue el turno del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, debido a que para la conformación de su directorio, que se encuentra conformado por tres miembros distribuidos de la siguiente forma; un representante del gobierno “que será quien lo presida”, mientras que los representantes de los trabajadores y de los empleadores serán elegidos mediante votación a través de los colegios electorales realizados por el Consejo Nacional Electoral, según lo que dispone la reforma aprobada por la Asamblea Nacional en el año 2021, que además fue en respuesta a la sentencia de la Corte Constitucional que obligaba la reforma del artículo 28 de la Ley de Seguridad Social… ¡Ósea esta clarito y no hay pierde!

Pues ahora resulta que a pesar de que la norma “dispone” que la calificación de los candidatos es una potestad del Consejo Nacional Electoral y que según lo que dispone la ley hasta la designación de estos por parte del Consejo Nacional Electoral, los vocales en funciones seguirán de manera prorrogada, resulta que “se utilizó nuevamente una acción de protección para que uno de los candidatos sea calificado prácticamente a la fuerza” y no por la ya mencionada función del estado, sino por la Superintendencia de Bancos provocando nuevamente y como ya se ha hecho costumbre nuevamente un abuso del derecho.

 ¿Pero quién soluciona esto? Entiendo que en derecho a quien le correspondería solucionar este descalabro y abuso jurídico es la Corte Constitucional, pero en realidad al parecer también están por momento ocupados complaciendo a quienes siguen promoviendo el aborto, ya que para suspender el artículo que brindaba la oportunidad a los médicos de nuestro país de no practicar un aborto si les alcanzó el tiempo, y, esto a pesar de que la objeción de conciencia es un derecho humano básico que al parecer se estaría inobservando, en definitiva ya va siendo hora de que la Corte Constitucional ponga un freno a este abuso del derecho que se escuda en una clara simulación ilegal de protección de derechos. 

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