UN DESCALABRO / Paúl Viteri Albán

Columnistas, Opinión

Un descalabro es lo que están causando los cuatro miembros destituidos y censurados del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, al pretender posesionar a un nuevo superintendente de bancos sin contar con la legalidad que se necesita para este efecto, esto en razón, de que estos fueron destituidos a través de un juicio político que se llevó a cabo en la Asamblea Nacional y al que acudieron a presentar sus argumentos de descargo, cumpliendo de esta forma con el principio de legalidad.

Me resulta increíble e inaudito, que hoy por hoy, en nuestro país existan funcionarios públicos a los que se les ocurra a ellos “decidir si lo que hizo la Asamblea Nacional”, es legal o no, o peor todavía si están dispuestos a cumplir o no con una decisión política no jurídica como fácilmente lo confunden a su conveniencia.

Pues ahora, nos de enteramos que al final de la semana “entre gallos y media noche” el ex Presidente destituido y ex candidato Asambleísta por el partido CREO del Presidente de la República Hernán Ulloa, posesiona ilegalmente al Sr. Roberto Romero como disque flamante superintendente de bancos, a pesar de que este, al ser abogado según entiendo lo es Ulloa, sabe que un superintendente de bancos está legalmente en funciones una vez que es posesionado en la Asamblea Nacional, es decir, el destituido espera que la misma Asamblea que lo destituyo a él, sea quien posesione a un funcionario designado por él estando destituido… Algo que evidentemente no creo que suceda.  

Ahora, corresponde realizar un breve análisis a lo acontecido; y, debemos empezar por el artículo 126 de la Constitución de la República, que a toda vista faculta a la Asamblea Nacional a tramitar juicios políticos y censurar a los funcionarios públicos que incumplen con sus funciones, es decir, la Asamblea Nacional, está facultada constitucionalmente, para enjuiciar políticamente y censurar o destituir a dichos funcionarios.

Por su parte, el destituido presidente del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, menciona que él regresa al cargo por cuanto, en una de las diecisiete acciones de protección que presento simultáneamente a un Juez de no sé dónde, se le ocurrió devolverle el carguito a él y a sus acólitos, que tal, “entonces para qué tenemos una Asamblea Nacional” si solo basta algún Juez servil del gobierno para interpretar antojadiza y groseramente la ley y hasta las funciones u atribuciones reconocidas por la Constitución a uno de los poderes del estado.  

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