La técnica penitenciaria de aquel entonces

Columnistas, Opinión

Ladislao Thot define la Técnica Penitenciaria así : “ es aquella  rama de la ciencia  Penitenciaria que tiene por objeto,  el estudio de los  principios  y reglas relativas a la construcción de edificios o establecimientos penitenciarios y a la administración y dirección de los mismos”.

Thot,  en su definición, sostiene que la técnica Penitenciaria tiene dos fases:  El estudio de las reglas y principios relativos a la construcción de establecimientos penitenciarios y la administración  y dirección de los mismos;  abarcando de esta manera, dos campos interesantes dentro de la Ciencia Penitenciaria.

La Técnica Penitenciaria, en tal virtud,  tiene su ámbito  operatorio propio en los establecimientos penales. Por una parte,  estudia la forma material, o sea los lugares donde los reclusos tienen que guardar prisión; y,  por otra,  la forma más exacta y técnica de dirigir a estas  instituciones  dedicadas a rectificar la mala conducta de un sujeto, enmendarlo moralmente;  a readaptarlo socialmente y a curarlo de los males psíquicos, coronando  con la misión  que incumbe alcanzar a las sanciones penales con su contenido de mejoramiento del hombre que  delinquió.

Con la técnica penitenciaria se trata, en suma, de recuperar íntegramente las esencias de personalidad que se encuentran  en el recluso, en el condenado condicionalmente y en el liberado, educándolos para que sean personas en cabal sentido y actúen como tales.

Del contenido de las definiciones expuestas y existentes respecto a la Técnica Penitenciaria, se colige que esta disciplina jurídica ( parte fundamental de la Ciencia Penitenciaria),  encierra dos aspectos fundamentales:   Una parte material o formal: que comprende el estudio  de las construcciones penitenciarias; y, Reglamental o de fondo: o sea el estudio de la administración  y dirección  de establecimientos penitenciarios;  ésta nos habla de la reglamentación interna de orden administrativo,  de la preparación técnica y del seleccionamiento del personal administrativo y de vigilancia.

En síntesis, la Técnica Penitenciaria, para cumplir con su finalidad y objetivo, se divide en dos partes: Es innegable que la guardia, seguridad y  vigilancia,  forman parte del Régimen Penitenciario,  se han creado disciplinas especiales que se encargan de su estudio. Es la Arquitectura Penitenciaria la disciplina especial que tiene por objeto  el estudio de los establecimientos donde los delincuentes guardan prisión,   donde encuéntrense bajo seguridad y vigilancia; en tal virtud,  se puede asegurar que esta rama de la ciencia penitenciaria está íntimamente ligada a la readaptación  social.

Así como la vivienda privada ejerce una acción psicológica notable en sus habitantes-aunque éstos muchas veces no lo advierten,  el edificio carcelario ha de corresponder a las finalidades terapéuticas del régimen.

Algunos estudiosos de la ciencia penitenciaria, se han preocupado  por unir el estudio arquitectónico, aquel otro aspecto de la Historia de los edificios penitenciarios,  en cuanto concierne a la variedad  de estilos en función de los sistemas penitenciarios.

La antigüedad es variada, confusa y amorfa en esta materia, hasta bien  entrado el tercio fin del siglo XVIII, cuando el viaje ejemplar del benemérito HOWARD  comienza a dar sus frutos. Durante largo tiempo  se utilizaron  dos clases de construcciones (castillos, torres, monasterios, etc.),  que reunieron las condiciones de seguridad contra las  evasiones, esto era suficiente.  (O)

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