La Corte Constitucional y las multas de tránsito / Editorial

Editorial

Es evidente el malestar de la población ecuatoriana frente a la imposición de multas pecuniariamente excesivas por contravenciones de tránsito, tomando en cuenta que algunas pueden ser hasta por un salario básico unificado del trabajador. 

El proceso de cobro es otro tema en debate, ya que en un sinnúmero de casos se ha vulnerado el debido proceso de los contraventores, principalmente, por no notificarles en legal y debida forma con las mismas y, por lo tanto, privándoles del derecho a impugnarlas dentro del plazo establecido por la ley. 

El pasado 4 de junio del 2019 el Pleno de la Corte Constitucional emitió una sentencia acerca de la notificación de las multas de tránsito. Los magistrados resolvieron que la notificación será válida siempre que sea efectiva, es decir, cuando se pueda comprobar que el contraventor tuvo conocimiento de la misma.  

Las multas por exceso de velocidad son de las que más se ha hablado, sin perjuicio de los inconvenientes con las multas por vehículos mal parqueados, conductores sin documentos en regla, entre otras. Esperamos que con la decisión de la Corte Constitucional los contraventores siempre tengan conocimiento de las multas y las puedan impugnar, de ser el caso, dentro del término legal.     (O)

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