Honorables y Deshonorables / Paúl Viteri Albán

Columnistas, Opinión

Si bien es cierto, la Constitución de nuestro país en su artículo 120 numeral 13, reconoce como una de las atribuciones de la Asamblea Nacional el conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, también en el mismo artículo se limita dicha atribución si se tratare de delitos comunes, delitos cometidos contra la administración pública o en el caso del delito de secuestro, es decir en el mismo cuerpo legal se establece un límite jurídico para dicha atribución legislativa.

Ahora, si esto fuera así, tenemos que el sábado 09 de octubre de 2019, los titulares de prensa de nuestro país nos informaban sobre la muerte de Mónica y Kelly, una madre e hija que fallecieron a consecuencia de un incendio provocado por los hoy llamados “luchadores populares”, por la desmañada presidenta de la Asamblea, esos mismos que incendiaron la Contraloría General del Estado, paralizaron el bombeo de petróleo, ultrajaron y secuestraron a periodistas, ciudadanos y policías “incluso topando las partes íntimas de algunas funcionarias que son parte de esta institución”, además de ser los mismos que dejaron a la mitad de la ciudad de Ambato sin el suministro de agua potable por mas de tres días.

Entonces, partiendo desde lo anotado en líneas anteriores lo sucedido en la madrugada del último jueves en la Asamblea Nacional, por si solo constituye una ilegalidad, en razón de que al otorgar una amnistía “en bloque” a doscientas sesenta y ocho personas, sin tomar en consideración el hecho de que solamente el treinta por ciento de estas se encontrarían fuera de la limitación jurídica que dispone la Constitución a la Asamblea Nacional en el artículo descrito con anterioridad.

Además de la existencia de una evidente motivación para hacerlo, debido a que este sería el pago del gobierno de Guillermo Lasso a los amigos de los procesados, por salvar la cabeza de Guadalupe Llori y de los demás miembros del Consejo de Administración Legislativa, de una evaluación de cumplimiento de funciones y desempeño, prevista y facultada por la ley. Esto a pesar de que el gobierno trate de desmarcarse aduciendo que los miembros de la bancada del acuerdo nacional (BAN) que votaron a favor de la amnistía, “no son parte del bloque de gobierno”. Al parecer se le olvidó, el oficio dirigido a la mal lograda presidenta No. AN-BAN-2021-001 de fecha 14 de mayo de 2021, en el cual “todos los Asambleístas de Gobierno incluidos su hoy asesor Diego Ordoñez”, se fusionaban en un solo bloque con los hoy supuestamente desconocidos.

Esto ha provocado que muchos rostros e intensiones se pongan en evidencia, como el del denunciologo profesional que a pesar de vivir alaraqueando en el pleno legislativo, terminó traicionando a sus votantes, al consignar su voto a favor de está desdicha jurídica, pero principalmente quedó en evidencia quienes son fieles a sus principios y valores, pero sobre todo, quienes cumplen y mantiene su palabra “actuando de forma honorable y no deshonorable”.

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