Historial crediticio, nuevos plazos

Columnistas, Opinión

La Junta de Política y Regulación Financiera y Monetaria (JPRFM), organismo del Banco Central del Ecuador que genera políticas, normas técnicas y parámetros para la regulación monetaria, crediticia, financiera, de valores, seguros y servicios de atención de salud prepagada, para las entidades financieras como para el servicio de Registro de Datos Crediticios y de los Burós de Información Crediticia, mediante resolución JPRFM-2026-033-F, acaba de fijar nuevos plazos para que se mantenga un dato de crédito en el historial de los buros. El primer cambio es aquel que reduce el período que la información crediticia deba permanecer en el registro de datos, el cual disminuye de 6 a 4 años, contados desde la fecha en que la operación de crédito fue legalmente extinguida en la entidad financiera (Banco, cooperativa de ahorro y crédito, emisor u operador de tarjetas de crédito). Cabe aclarar que si la obligación estuvo en mora o en cobranza coactiva (vía legal), esta resolución no elimina la obligación de pago del cliente o socio de la entidad financiera, no es una condonación de deuda, peor eliminación, solo sale de la base de datos históricos nada más, la obligación de pago se mantiene.

Otro cambio es que de aquí en adelante, los reportes de los buros de información y el Registro de Datos Crediticios, solo deberán mantener los generados durante los 2 últimos años ya no 4 como era antes de esta normativa, además los datos que debe conservar en sus listados se referirán a deudas de prestamos vigentes, vencidos o cancelados, con ello en las precalificaciones que suelen dar los buros, mediante el denominado score crediticio a las entidades financieras previo a conceder un crédito, mejoraran en algo a favor del futuro deudor. Según la resolución de la JPRFM se considerarán como fuentes de carácter complementario información que apoye el análisis de crédito, como pago de servicios básicos, pago de tributos, siempre que dicha información sea de naturaleza crediticia, vinculados al comportamiento de pago, cumplimiento de obligaciones o capacidad de endeudamiento del titular, no siempre.

Con esto la Junta trata de mejorar la calificación de los sujetos de crédito para que puedan tener mayor acceso a préstamos y poner ese dinero en circulación, ayudando a mover más rápido la producción, las ventas, el consumo, la recaudación de impuestos, en resumen, el crecimiento económico. Para implementar y adecuar los sistemas informáticos de las entidades de control, la junta determino los plazos máximos para hacerlo, para la Superintendencia de Bancos hasta 18 meses, para la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria hasta 12 meses y para la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros hasta 18 meses. Ojalá que, con esta medida no se facilite el aumento del sobre endeudamiento que viven miles de familias y negocios en Ecuador. (O)

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