Diferimiento crediticio con reformas

Carrusel
La Corporación Financiera Nacional informa sobre las reformas para continuar con el diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias. (Foto cortesía) 

Lo clientes de bancos privados y públicos podrán acogerse, a su solicitud personal o por iniciativa directa de las entidades financieras, previa notificación y aceptación del cliente, al diferimiento extraordinario de obligaciones crediticias. 

La Corporación Financiera Nacional (CFN) acatando las instrucciones de la Superintendencia de Bancos, mediante circular Nro. SB-IG-2020-0032-C pone en conocimiento la resolución emitida por la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, que señala que durante el período del estado de excepción por calamidad pública y hasta 60 días después de finalizado el mismo puede acogerse al diferimiento. 

Esta reforma entró en vigencia desde el seis de julio del 2020 y en el marco de responsabilidad institucional la Corporación Financiera Nacional pone en consideración a los clientes y prestatarios de la institución para acogerse a este beneficio. 

Para más información, visite https://www.cfn.fin.ec/diferimiento-extraordinario-de-obligaciones/, y para consultas personalizadas utilice la herramienta vídeo llamada https://sscenlinea.cfn.fin.ec/asistente/. A través de este tipo de mecanismos, la CFN reafirma su compromiso con el sector productivo del país. (I) 

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