Condenan a 34 años a pareja por asesinato de su hijo

Policiales, Seguridad
Los implicados deben cumplir con la sentencia establecida. (Foto cortesía)

Mayra Alexandra T. P, madre del niño y David Antonio R. T., padrastro, fueron sentenciados en primera instancia a una pena privativa de libertad de ocho años y cuatro meses, como responsables del homicidio preterintencional de su hijo de cuatro años de edad. El hecho ocurrió en junio del 2021.

Sin embargo, el fiscal de la Unidad de Personas y Garantías, Fernando Casco, apeló la resolución del Tribunal de primer nivel, fundamentando que se trataría de un asesinato y que las pruebas presentadas justificadas por Fiscalía lo demostraron.

La Sala Penal de la Corte Provincial de Justicia de Tungurahua acogió el recurso motivado y resolvió declarar la culpabilidad de Mayra Alexandra T. P. y David Antonio R. T., como autores directos, en el delito de asesinato, imponiéndoles la pena agravada de 34 años y ocho meses de privación de la libertad.

Los hechos se registraron entre el viernes cuatro y el sábado cinco de junio del 2021, en el sector La Magdalena del cantón Ambato.

David Antonio R. T. golpeó al niño de cuatro años de edad, lanzándolo al suelo, porque no habría querido comer. Además, días atrás, varios vecinos observaron como la madre del niño lo jaloneaba bruscamente.

Al día siguiente, Mayra Alexandra T. P. salió a trabajar, dejando solo al infante con su pareja, quien estaba en estado etílico. Cuando regresó encontró a su hijo muerto, por lo que llamo al ECU 9-1-1 para el respectivo levantamiento.

Las primeras versiones de los ya sentenciados señalaban que la víctima estaba enferma; sin embargo, la investigación determinó que la víctima sufrió una muerte violenta: se determinó una peritonitis (perforación de intestino delgado yeyuno) causada por un traumatismo abdominal cerrado por objeto contundente, ataques de puño y puntapiés, además de varios golpes anteriores.

Los testimonios confirmaron que los maltratos perpetrados al infante fueron frecuentes, entre encierros, falta de alimentación, suministración de medicina desproporcionada, lesiones y más. Ante esas agresiones, la madre del niño, con pleno conocimiento de los hechos, no hizo nada.

Tanto la madre como el padrastro fueron aprehendidos el día de los hechos.

Todo lo narrado fue demostrado por Fiscalía en primera instancia, mediante la presentación de abundante prueba documental, pericial y testimonial, por lo que la práctica de esa prueba en segunda instancia permitió que ambos sean sentenciados por asesinato y que su pena se incremente.

El delito de asesinato está tipificado en el artículo 140, numerales 1 y 2, del Código Orgánico Integral Penal (COIP), y aunque determina una pena de 22 a 26 años, se aplicaron las agravantes establecidas en el artículo 47, numeral 11, del mismo cuerpo legal: cometer la infracción en perjuicio de niñas, niños, adolescentes. (I)

Deja una respuesta