Prisión preventiva para Aleaga y Salcedo

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(NL). No se aceptó el pedido de Fiscalía sobre José Serrano. Según la juzgadora, la fiscal Ana Hidalgo no justificó adecuadamente su solicitud de prisión. Tampoco dictó prisión para Xavier Jordán porque ha notificado su ubicación en Estados Unidos. Fiscalía apelará esa decisión.

La audiencia de formulación de cargos por el Magnicidio de Fernando Villavicencio arrancó, pasadas las 08:30 de ayer, miércoles 3 de septiembre de 2025, en el Complejo Judicial Norte, en Quito. La Fiscalía pidió prisión preventiva en contra de José Serrano, Xavier Jordán, Daniel Salcedo y Ronny Aleaga como presuntos autores intelectuales. También que se active la difusión roja de Interpol para que a tres los capturen en el extranjero.

Al final de la diligencia, la jueza María Daniela Ayala ​​​​​​dictó prisión preventiva solo para Aleaga y Salcedo. No para Serrano y Jordán, quienes deberán hacer presentaciones periódicas.

Ayer, Ayala negó el pedido de Xavier Jordán para que la diligencia se difiera una vez más. Jordán hizo la solicitud argumentando que su abogado, Juan Carlos Salazar, tiene otra audiencia.

La jueza subrayó que se les había consultado previamente a los abogados si tenían disponibilidad para este miércoles y no hubo oposición.

La jueza no aceptó el pedido de Fiscalía sobre José Serrano Salgado. Según la juzgadora, la fiscal Ana Hidalgo no justificó adecuadamente su solicitud de prisión. Para Serrano dictó la presentación periódica en el consulado de Ecuador en Miami que entrará en vigencia si es liberado, si lo deportan debe presentarse en Ecuador.

Tampoco dictó prisión para Jordán porque ha notificado su ubicación en Estados Unidos. Compareció por zoom a la audiencia, tiene un abogado designado y salió del país antes de que inicie esta investigación. Ordenó su presentación periódica, en el consulado de Ecuador en Miami, una vez por semana.

La jueza también dispuso medidas de protección para las hijas de Fernando Villavicencio, que denunciaron amenazas del procesado Xavier Jordán y para demás familiares. Ningún procesado podrá acercarse a ellas ni a sus domicilios, no pueden intimidar por ningún medio, incluidas las redes sociales. (I)

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