Fauna urbana

Columnistas, Opinión

Cuando se refiere a fauna urbana, además de los animales domésticos de compañía como perros y gatos; son también los silvestres que, se han adaptado a entornos urbanos como canarios, loritos, tórtolas, mirlos, jilgueros, palomas, que viven en los parques y bosques dentro de la ciudad.  

Conmueve hasta el alma que seres indefensos, considerados compañía y alegría para las personas, sean maltratados con extrema crueldad. Es indigno, que seres humanos, con intelecto, pensantes, tengan un lado irracional, cuando abusan y agreden de forma miserable y cobarde a seres inocentes. Abandonarlos sin remordimiento alguno; porque dejaron de ser los cachorritos bonitos y juguetones; solo un insensible los bota a la calle, a su negra suerte y allí deambulan penosamente por la ciudad, en busca de comida y cobijo que los inhumanos les negaron. ¿Dónde Señor, quedó la piedad y la misericordia que nos enseñaste a practicar? Duele la conciencia; causa rabia y coraje que recién aprueben el marco legal para proteger a la “fauna urbana” que pululan por doquier. Vergüenza ajena. 

Se dice que, la Ordenanza de Fauna Urbana en Ambato busca garantizar el bienestar animal, prevenir el maltrato y la crueldad, controlar la reproducción y sobrepoblación, fomentar la adopción responsable y regular los establecimientos de comercialización de animales. Para ello, establece medidas como la esterilización permanente, el registro de animales de compañía y establecimientos relacionados, y la regulación de la venta de animales. 

Es toda una letanía de palabras, de las que cuelgan acciones inmediatas para cumplir con el espíritu de la ordenanza. Tan profundo es su contenido que, una irrisoria multa se aplicaría a las personas que infrinjan la ordenanza; es una irónica mirada a los que lucran con el comercio de animales que incluye maltrato, abandono y pobreza de su calidad humana. Y no es la primera vez que son cuestionados por inhumanos manejos de la mentada “fauna urbana”, o se olvidaron de la eutanasia aplicada a 69 cachorritos en el albergue municipal de mascotas (El Comercio-julio 2024). Ante este nefasto ambiente, se requiere normativas más radicales, porque en el derecho penal, el principio de proporcionalidad, significa que la pena o sanción que se impone a un individuo debe ser adecuada a la gravedad del delito cometido. Este principio busca asegurar que el castigo no sea excesivamente severo ni, tampoco, demasiado leve en relación con la infracción.    

Con suma tristeza, reconozcamos que el maltrato animal existe de diferentes maneras. Y que, al colocarle una soga o cadena, someterles a espacios reducidos, golpearlos o no brindarles asistencia con alimentos, agua o medicinas, perdemos el sentido de amor, ternura y compasión. Estruja el corazón, entender a estos viles actos como una clara manifestación de la violencia física, oral, gestual; personal, familiar y social que vivimos. Obliga, bajo ley, a ser abordado con un enfoque formativo desde el hogar, fomentado e instruido en la escuela y practicado, de manera responsable en la vida.

“Cuando, siendo niño, anhelaba tener un perrito, la abuela dijo: es una responsabilidad para todos, pero más para ti, porque tú lo quieres; todos le alimentaremos, pero tú debes darle cariño y protección; creando en mí, el sentido de pertenencia y compromiso con el bien amado”.  (O)

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