Restricción a la movilidad / Editorial

Editorial

Las autoridades nacionales y locales han tomado varias medidas para evitar una propagación acelerada de la nueva variante del COVID-19. La principal decisión ha sido restringir la movilidad de la población. Se ha declarado en estado de excepción a varias provincias del Ecuador y se ha ordenado toque de queda por un lapso de horas al día.

La declaratoria de estado de excepción no tiene únicamente consecuencias respecto a la libertad de movilidad, también otorga facultades exorbitantes al gobierno central. Por el otro lado, el toque de queda tiene como principal consecuencia legal la restricción total de movilidad de los ciudadanos.

La decisión acerca del lapso de horas del toque de queda le corresponde exclusivamente al gobierno central, es decir, las autoridades locales solamente pueden sugerir otros horarios. La última disposición es que el toque de queda sea desde las dieciséis horas hasta la cinco de la mañana.

Es fundamental que los ecuatorianos acaten las disposiciones de las autoridades nacionales y locales. La nueva variante del COVID-19 puede llegar a ser letal, no es una simple gripe. Hay que quedarse en casa y evitar que más personas resulten contagiadas. (O)

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