Fotorradar 9 / Editorial

Editorial

Propietarios y conductores de vehículos ambateños han comenzado a recibir notificaciones de multas de tránsito por exceso de velocidad del año 2020. No se explican cómo pueden ser notificados en septiembre de 2021 por multas del año anterior. 

El Fotorradar 9 es el generador de las multas. Resulta que, en un inicio, el Municipio habría autorizado su instalación a la empresa concesionaria. Después, al advertir que la vía no estaba en la jurisdicción municipal sino del ministerio del ramo, no se autorizó el funcionamiento del dispositivo, ubicado antes del sector de Terremoto, en la salida a Baños. 

Los conductores, durante el 2020 y el 2021, presumían que el fotorradar no funcionaba, y conducían en esa vía de más de 3 carriles a cada lado, a velocidades superiores a 50 Km/h.

Gracias a una acción de protección, la empresa concesionaria ha logrado que los jueces de la provincia de Los Ríos le obliguen al Municipio de Ambato a notificar retroactivamente las multas. Está pendiente la apelación del Municipio.

Es un tema opaco el del Fotorradar 9. En todo caso, la notificación retroactiva de multas viola el derecho al debido proceso, por lo que, los supuestos infractores, no deberían ser obligados a pagarlas.  (O)

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