Dos veedurías conformadas en cantones

Ciudad
En conformación veeduría para elección de registrador de la propiedad de Píllaro. (Foto El Heraldo)


Al momento existen dos veedurías conformadas para elegir registradores de la propiedad en la provincia, una en Quero y otra en Ambato.

“Actualmente estamos en una convocatoria abierta para conformar una veeduría ciudadana para vigilar el proceso del concurso público de la selección del nuevo registrador de la propiedad de Píllaro”, informó Iván Altamirano, coordinador del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social (Cpccs).

Además, realizaron la invitación a la ciudadanía para que visite la página web o acuda a las oficinas del Consejo para conocer los requisitos para postular y ser veedores ciudadanos de Píllaro para vigilar el proceso que estará abierto hasta el martes 25 de abril.

“La veeduría debe estar integrada por mínimo tres personas y los requisitos son: que sea mayor de 18 años de edad, y que goce de los derechos de participación ciudadana”, agregó.

Las veedurías ciudadanas son mecanismos de control social, mediante los cuales los ciudadanos ejercen su derecho de participación para el seguimiento, vigilancia y fiscalización de la gestión pública. Tienen carácter cívico, voluntario, independiente y neutral.

No persiguen el interés o beneficio personal.  Las veedurías ciudadanas son de carácter temporal y no constituyen órganos de dependencia del Consejo de Participación Ciudadana y Control Socia ni de la entidad observada. Su objetivo central es la prevención de actos de corrupción.

Es un ejercicio de vigilancia ciudadana, independiente, imparcial, objetivo y transparente en asuntos de interés público, en todos los niveles de gobierno, que aporta al fortalecimiento de la democracia, poder ciudadano, desarrollo social y buen vivir.

Las veedurías ciudadanas se regirán por los principios de autonomía, responsabilidad y corresponsabilidad, objetividad, interculturalidad, pluralismo, independencia, transparencia, eficacia, celeridad y criterios de equidad, en observancia  con los principios contemplados en la Ley Orgánica de Participación Ciudadana. (I)


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