Contravenciones y sanciones por no cumplir normativa

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Ciudadanos, propietarios de negocios y empresas podrán ser sancionados con 40 a 160 dólares por no cumplir la normativa de Gidsa. (Foto El Heraldo)

La Ordenanza de Gestión Integral de Desechos Sólidos en su capítulo cuarto detalla que existen cuatro clases de contravenciones, cada una con un porcentaje de la remuneración mensual básica unificada. 

La contravención de primera clase será sancionada con el 5 por ciento del salario básico unificado, de segunda clase el 10, de tercera el 20 y de cuarta 40 por ciento. 

Tener sucias y descuidadas las aceras o calzadas del frente al domicilio, negocio o empresa; colocar residuos en la acera o sitios no autorizados; arrojar desperdicios en la vía pública, alcantarillado, quebradas; no disponer de recipiente para residuos diferenciados en locales comerciales o de concentración pública, se consideran de primera clase.

De segunda clase se refiere a depositar los residuos en los parterres, avenidas, parques; arrojar en los espacios públicos, desperdicios de comidas, aguas servidas; depositar en espacios o vías públicas colchones, muebles y otros enseres fuera de horarios establecidos; no disponer de recipientes para residuos diferenciados en el interior de los vehículos de transporte público.

Mientras que, tercera clase corresponden abandonar o arrojar en los bienes de uso público o lugares no permitidos escombros, chatarra, materiales de construcción, papel, plástico, animales muertos y otros; quemar llantas o cualquier otro material o desecho contaminante; no recoger los   excrementos de los animales domésticos; y no prestar servicios higiénicos en restaurantes y locales afines a la ciudadanía. 

Finalmente la de cuarta clase, mezclar y botar residuos sólidos domésticos con residuos tóxicos; no respetar la recolección diferenciada de los desechos hospitalarios; arrojar a la vía pública, alcantarillado, quebradas, o ríos materiales como aceite, lubricantes, combustibles, aditivos, líquidos; propiciar la combustión de desechos peligrosos; tener botaderos de residuos a cielo abierto; recoger y aprovechar los residuos y desechos sólidos sin el permiso de Gidsa. (I)

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