Altura de edificaciones depende de normativa

El director de Planificación del Municipio de Ambato, Pablo Yánez, aclaró que la normativa vigente no autoriza de manera general la construcción de edificios de hasta 12 pisos en todo el cantón, sino que la edificabilidad varía según la planificación urbana y las características de cada sector.
El funcionario explicó que el Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial (PDOT) y el Plan de Uso y Gestión del Suelo establecen parámetros específicos para determinados ejes viales. En la zona norte, por ejemplo, existen corredores principales donde se contempla una edificabilidad de hasta ocho pisos, mientras que en otros sectores las alturas permitidas son menores y responden a criterios técnicos y urbanísticos.
Yánez indicó que la administración municipal revisa y ajusta permanentemente estas disposiciones mediante planes complementarios, entre ellos los correspondientes a las avenidas Real Audiencia y Atahualpa, con el propósito de que el crecimiento urbano se desarrolle de forma ordenada y segura.
Asimismo, enfatizó que toda nueva edificación debe cumplir obligatoriamente con la Norma Ecuatoriana de la Construcción (NEC), que establece los requisitos técnicos para el diseño y ejecución de infraestructuras, especialmente aquellas de mayor altura. Esta normativa contempla parámetros relacionados con resistencia estructural, seguridad, estudios de suelos, diseño sismorresistente y demás condiciones necesarias para garantizar construcciones seguras.
El director señaló que antes de autorizar proyectos de mayor envergadura se realizan los análisis de suelos, estudios estructurales y las prefactibilidades correspondientes, procedimientos que se aplican en cualquier sector del cantón y no únicamente en la zona norte. Finalmente, destacó que la NEC constituye el marco técnico que regula las características constructivas de las edificaciones y garantiza que el desarrollo urbano se ejecute conforme a estándares de seguridad y planificación. (I)
