3 de julio: Descanso obligatorio por la provincialización

El Presidente de la República, Daniel Noboa Azín, mediante el Decreto Ejecutivo No. 44, dispuso la suspensión de la jornada laboral, por esta única vez, el jueves 3 de julio de 2025, para el sector público y privado en Tungurahua con motivo de la conmemoración de los 165 años de provincialización.
La decisión es la respuesta al requerimiento del prefecto Manuel Caizabanda, quien mediante oficio No. HGPT-PREF-2025-0444 del 9 de junio de 2025, solicitó al Ministerio de Gobierno la declaratoria oficial del 3 de julio como día de descanso obligatorio en el territorio provincial.
El Ministerio de Gobierno, mediante oficio No. MDG.MDG-2025-0357-O del 17 de junio de 2025, acogió el pedido en el marco de lo establecido en la Disposición General Quinta del Código de Trabajo, el artículo 26 del Reglamento General a la LOSEP y la Constitución de la República del Ecuador, recomendando la expedición del decreto presidencial.
Según el artículo 1 del Decreto Ejecutivo, se suspende por esta única vez la jornada de trabajo en la provincia de Tungurahua, el jueves 3 de julio de 2025, tanto en el sector público como privado.
Además, artículo 2 señala que la jornada suspendida será recuperada en el sector público mediante una hora adicional durante los días laborables siguientes. El sector privado podrá acogerse a esta disposición según su modalidad.
De igual manera, el artículo 3 determina que se garantiza la provisión de servicios públicos esenciales como agua potable, salud, electricidad, bomberos, transporte y servicios bancarios, para lo cual las autoridades institucionales deberán asegurar el personal mínimo necesario.
El Decreto Ejecutivo fue firmado por el Presidente de la República en la ciudad de Roma, el 02 de julio de 2025, y entrará en vigor a partir de su suscripción, sin perjuicio de su publicación en el Registro Oficial.
El Gobierno Nacional ratifica su compromiso con el civismo, el fortalecimiento de la identidad provincial y el impulso al desarrollo económico y turístico de Tungurahua. Además, se faculta a la Prefectura de Tungurahua para continuar con el trámite correspondiente, a fin de que el 03 de julio sea incorporado oficialmente como feriado local obligatorio y permanente, sustentando su petición ante los organismos pertinentes. (I)