Ley Educación: Cambios para el próximo año

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Cambios en la Ley de Educación. (Foto ilustrativa El Heraldo)


El próximo año lectivo se aplicará en la Sierra y Amazonía, los cambios del Reglamento General a la Ley Orgánica de Educación Intercultural (LOEI) reformada, publicado en el Registro Oficial del 22 de febrero de 2023.

Esta reforma propicia un nuevo modelo de evaluación que se centra en la adquisición de aprendizajes, desarrollo de destrezas y el trabajo continuo en refuerzo pedagógico, en lugar de enfocarse en la aprobación de uno o varios exámenes.

Se eliminan los exámenes remediales y de gracia a partir del año lectivo 2023-2024. Estos exámenes podían ser rendidos por estudiantes desde octavo grado de Educación General Básica, que no habían aprobado la asignatura, incluso luego de haber rendido un examen supletorio.

Este mecanismo había generado en los años de Educación Básica Superior y Bachillerato una cultura que premiaba o facilitaba la falta de seguimiento y estudio a lo largo del año, centrando la evaluación en un examen sumativo final, que no reflejaba de forma efectiva el aprendizaje integral y promovía a estudiantes a años superiores, sin que hayan adquirido los conocimientos deseados.

Sin embargo, se mantiene la evaluación supletoria para los subniveles de Educación General Básica Media, Superior y Bachillerato.

Además, se elimina la promoción automática en la Educación Básica Media, evitando de esta manera, que el estudiantado llegue a grados o cursos superiores sin haber desarrollado destrezas elementales como habilidades comunicacionales y lógico-matemáticas; entre otros cambios.

 Por otra parte, el Ministerio de Educación expidió el cronograma escolar 2023- 2024, en el que se organiza el ciclo lectivo en las instituciones educativas fiscales en trimestres, con el propósito de contar con evaluaciones periódicas más frecuentes y, sobre todo, oportunas.

Esto permitirá un acompañamiento pedagógico permanente y la aplicación de evaluaciones con retroalimentación oportuna para estudiantes y representantes legales.

En el caso de las instituciones particulares, fiscomisionales y municipales, podrán organizar el periodo lectivo de acuerdo con su realidad y modelo educativo. (I)

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