Fallas en proceso sancionatorio por obra municipal

Ciudad
El Municipio de Ambato sigue acción de protección en el Consejo de la Judicatura por fallas al proceso sancionatorio sobre la modificación del cauce del río Ambato. (Foto El Heraldo)

En la resolución sancionatoria de la Senagua local existe contradicción, porque adolece de un sinnúmero de fallas en lo jurídico y constitucional sobre la obra municipal ejecutada en Las Dalias, dijo el procurador síndico del Municipio de Ambato, Fabián Usinia.

Según el funcionario, señala que la resolución determina una infracción muy grave, omitiendo el artículo 123 de la Ley de Recursos Hídricos que estable que las graves solo sanciona la autoridad de cada Demarcación Hidrográfica; ante ello, no tiene la competencia el representante local.

La municipalidad durante el proceso solicitó el criterio de un técnico calificado; es decir, un perito del Consejo de la Judicatura, lo cual no fue aceptado, dejando en la indefensión al cabildo, explicó.

Enfatizó que lo más grave, se omite el informe de la Agencia de Regulación Control del Agua ARCA que dice claramente que la municipalidad no ha alterado el cauce del río Ambato.

Ante el proceso sancionatorio, el Municipio sigue una acción de protección por violación de derechos constitucionales en el Consejo de la Judicatura y los jueces nos darán la razón sobre la resolución que está viciada en materia constitucional y esta violentando los derechos hacia a la municipalidad, reiteró el procurador jurídico.

Se refirió a otra contradicción en la resolución que el proceso sancionatorio es para el alcalde de Ambato y no para la municipalidad que ejecuta la obra. Insistió que la acción de protección permitirá que se vigile la seguridad jurídica, el debido proceso, la motivación y el derecho a la defensa.

Al mencionar sobre la modificación del cauce del río dijo que existen los estudios y el informe de la Agencia de Regulación Control del Agua, que ratifica que no se ha movido el cauce.

Dijo que Obras Públicas Municipales que administra el contrato cuenta con facturas de compras de piedras para la obra. La resolución de la acción de protección se aspira conocer en una semana. (I)

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