Inadmiten denuncia contra alcaldesa 

Ciudad, Última hora

El Tribunal Contencioso Electoral (TCE) ha resuelto inadmitir la denuncia presentada por el ciudadano Pablo Roberto Freire Acosta contra la alcaldesa de Ambato, Diana Caiza, por falta de competencia del órgano jurisdiccional. La decisión ratifica que la causa no guarda relación con materias electorales ni vulnera derechos de participación política, dejando en evidencia la utilización dolosa del sistema electoral para fines personales.

El Auto de Inadmisión emitido por el TCE el 6 de mayo de 2025, en la causa Nro. 357-2025-TCE, concluye de manera categórica que la denuncia formulada por el señor Freire carece de fundamento jurídico en el ámbito electoral, ya que se basa en una supuesta infracción relacionada con una acción laboral y constitucional, cuya competencia recae en otras instancias judiciales.

El Tribunal sostuvo que “la denuncia no guarda relación con asuntos formal ni materialmente electorales” y enfatizó que no corresponde al órgano electoral pronunciarse sobre decisiones administrativas laborales derivadas de acciones de protección constitucional, las cuales tienen su cauce natural en la justicia ordinaria y constitucional.

La denuncia se presentó alegando una supuesta infracción del artículo 279 numeral 14 del Código de la Democracia, sin demostrar vínculo alguno con los derechos de participación ni con el proceso electoral. El objetivo real, como evidencian los antecedentes, habría sido instrumentalizar al Tribunal Electoral para obtener réditos personales, situación que configura un evidente abuso de derecho y dolo procesal, al intentar desviar el objeto de competencia del TCE.

En este contexto, se hace un llamado a la ciudadanía a rechazar estas prácticas que buscan distraer a la justicia electoral de su verdadero propósito, generando ruido político y mediático con denuncias que terminan archivadas por falta de competencia, pero que afectan la imagen institucional y el ejercicio legítimo de la autoridad.

La alcaldesa Diana Caiza reafirma su compromiso con la legalidad, el respeto a la institucionalidad y el ejercicio transparente de sus funciones. Este fallo constituye una muestra de la fortaleza del Estado de Derecho y la independencia de la justicia electoral frente a intentos de manipulación política. (I)

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