Evaluación a servidores públicos

La Ley Orgánica de Integridad Pública del Ecuador, causa revuelo entre los empleados públicos. La ley prioriza la integridad, eficiencia, transparencia, innovación tecnológica, coordinación interinstitucional y una lucha decidida contra la corrupción, además de incorporar reformas tributarias, financieras y de servicio público, como la evaluación de desempeño. Estas reformas buscan establecer mecanismos más rigurosos y frecuentes para medir la eficiencia y calidad del trabajo de los funcionarios públicos, con el objetivo de mejorar la gestión pública y garantizar un mejor servicio a la ciudadanía.
La información oficial, dice que la evaluación se realizará semestralmente; se utilizarán objetivos para “medir” el desempeño individual y el cumplimiento de metas institucionales, considerando factores como eficiencia, productividad y el impacto en el logro de objetivos. Las escalas de calificación fluctuarán entre «excelente» a «insuficiente». Aclara que, los funcionarios que obtengan insuficiente en dos evaluaciones consecutivas, serían sometidos al sumario administrativo, para desvincularlos del servicio público a través del debido proceso. Pero eso no es todo, dice que se implementarán pruebas de confianza para asegurar la integridad y honestidad de los servidores públicos.
En los artículos del primer capítulo, se expresa claramente, cuál es el espíritu de la Ley: mejorar la gestión pública por medio de la evaluación al desempeño; pero tras de ella están los mecanismos control y corrección que han generado el debate y la consecuente preocupación de los trabajadores públicos por la estabilidad laboral.
“Uno de los cambios clave es que el sumario administrativo, mecanismo mediante el cual se destituye a un servidor público, ya no estará a cargo del Ministerio de Trabajo”. (El Comercio, 4 de julio). Cada institución estatal, por medio de Talento Humano, será responsable de tramitar y resolver los procesos, lo cual, por más honrada que parezca la Ley, deja lugar a dudas la tal objetividad porque enfrenta a personas, que en el orgánico funcional, cumplen diversos roles de influencia.
Otro aspecto controversial, son las pruebas de confianza, primero porque van a ser obligatorias y segundo porque al orientarse a verificar la honestidad y transparencia del servidor público, pueden ser subjetivas. Dichosos los ojos que, sin ver, creen en el milagro, dice el evangelio. La Ley tiene una cara para dos orillas, los que evalúan y los evaluados. El sesgo viene de quienes nunca son evaluados, con funcionarios y representantes que no construyen, que le deben años de atraso al Estado. ¿Evaluarán a los permitieron el ingreso de profesionales, sin ser docentes al magisterio? ¿A aquellos que hicieron la tabla de consumo mínima?; ¿a los que permitieron que, sin ser aportantes, reciban atención gratuita en el IESS y colocarle al borde la quiebra? Evaluarán a aquellos que desintitucionalizaron a la policía, fuerzas armadas; a ellos, los que abrieron las puertas al latrocinio y a la desvergüenza nacional, ellos, ellos quieren que se evalúe. Sométanse a la prueba de confianza y veremos cuántos quedan. La Ley debe ser depurada del tufo político, antes de emitir su Reglamento. (O)