Cálculo y alcance de la concesión onerosa

Hace dos meses, en el sector de Atocha, se aprobó un proyecto que requería 16 parqueaderos, pero solo contaba con espacio para 10. Los seis faltantes fueron cubiertos mediante el pago de la concesión onerosa de derechos, cuyo valor se calcula según el avalúo catastral del terreno multiplicado por los metros requeridos. “No suelen ser valores altos y dependen de la ubicación del predio”, explicó Manuel Guzmán, director de Gestión de Suelo de la Municipalidad de Ambato.
La normativa, basada en estándares internacionales de arquitectura, establece que cada parqueadero debe medir 2,40 metros de ancho por 4,80 metros de largo. Para viviendas y departamentos se exige uno por unidad; en locales comerciales, oficinas y otras edificaciones, el cálculo depende de los metros cuadrados. Si un local supera los 50 m², requiere un parqueadero; en casos menores, se asigna uno por cada dos o tres locales.
Guzmán recalcó que el espacio público no debe usarse como estacionamiento, ya que su función es la circulación vehicular. Además, advirtió que no cumplir con los requisitos podría impedir que un inmueble sea declarado en propiedad horizontal, afectando su venta o división futura.
El funcionario aclaró que la concesión onerosa de derechos no es impuesto, tasa ni contribución, sino un mecanismo legal para compensar la falta de espacios de parqueo. Invitó a la ciudadanía a acudir a la Dirección de Gestión de Suelo para recibir asesoramiento y conocer alternativas, evitando problemas por falta de información o por la omisión de detalles por parte de profesionales contratados.(I)