Bono por jubilación

Columnistas, Opinión

Una vez que entró en vigencia la Ley de Integridad Pública, aprobada con el carácter de económico urgente por la Asamblea Nacional, cambiaron las reglas de juego para los 600.000 empleados públicos que en algún momento pretenderán jubilarse y que hasta antes de la promulgación de esta ley, tenían derecho a recibir la bonificación económica por jubilación a partir de los 60 años de edad y al menos 30 años de aportes a la seguridad social Ahora con esta ley, quienes pretendían recibir su bono por compensación jubilar y están entre 60 y 64 años de edad, acaban de perder ese beneficio que ya recibieron miles de ecuatorianos jubilados, porque hoy solo si llegan a cumplir 65 años de edad y superar los 30 años de aportes tendrán este derecho.

La compensación se calculaba hasta antes de entrar en vigencia la ley de Integridad Publica considerando los años de aportes la IESS restando los 5 primeros años y de allí se multiplicaba por cinco salarios básico de 2015 (354 USD) por cada año trabajado, por ejemplo si un trabajador aporto 35 años a la seguridad social, se restaba los 5 primeros años y se calculaba el derecho a su compensación sobre 30 años y se multiplicaba 345 USD por 5 y por 30 y tendría derecho a una compensación de 53.100 USD, con la aplicación de la nueva ley, se le quito ese derecho a quienes pretenden jubilarse, ahora deberán seguir aportando como activos hasta los 65 años de edad si requieren ese beneficio. Si bien la edad para jubilarse aun no se ha modificado, este cambio en la ley es una forma diplomática (oculta) de extender los años para jubilarse y aportar al Seguro Social.

Por supuesto que las demandas de inconstitucionalidad no se han hecho esperar y ahora la decisión esta en la corte constitucional quienes deberán pronunciarse en próximos días. Estas situaciones son las que, sin un análisis muy minucioso, muy técnico muy justo y con el apuro de aprobar las leyes, se cometen estas inconsistencias que perjudican a miles de familias ecuatorianas y causan descontento en las expectativas puestas en las dos funciones del Estado. La reducción del gasto público, déficit fiscal y déficit actuarial del IESS, debe darse por reducir los altos costos en la contratación y compra publica, en una mejor recaudación de impuestos a grupos empresariales, a evasores y elusores, en revisar los topes de los salarios de quienes se encuentran en el nivel jerárquico superior, en el servicio exterior, en funcionarios de empresas públicas, en reducir los gastos en bienes y servicios de consumo, de viajes y viáticos al exterior, por allí está la solución. (O)

Deja una respuesta