Esfera Internacional: Multipolar

Como abogada especializada en Relaciones Internacionales y Derecho Humanitario, observo con preocupación cómo los cimientos del orden global se fracturan ante nuestros ojos. La reciente orden de captura estadounidense contra Nicolás Maduro lejos de representar un acto de justicia imparcial, constituye una violación flagrante de uno de los más importantes principios del orden global: la prohibición de la injerencia en los asuntos internos de los Estados, consagrada en el artículo 2.4 de la Carta de la ONU. Cuando un Estado asume el rol de juez y parte, imponiendo su jurisdicción nacional de manera extraterritorial y selectiva, no está aplicando justicia. Está ejerciendo poder y dejando de lado al Derecho Internacional.
Ahora hay que ver la esfera internacional desde otro punto, ¿vivimos en un momento unipolar, bipolar o multipolar ? La respuesta es multipolar, por un lado está EEUU, quien impone por medio de la fuerza, mientras que China en cambio lo hace de manera silenciosa y amistosa para generar incidencia en Latinoamérica, y finalmente Rusia quién reafirma su rol como potencia mediante la proyección militar y el desafío abierto al orden occidental.
La respuesta internacional a la orden de captura ilustra perfectamente esta nueva realidad. China condenó inmediatamente lo que llamó un «secuestro» y denunció como «arbitrario» el decomiso estadounidense de un petrolero ruso. Esta postura no es idealismo jurídico, sino cálculo geopolítico: utilizar el lenguaje del derecho internacional como instrumento de influencia. Venezuela entendió el mensaje, por ello, no es casualidad que el primer acto de la presidenta Delcy Rodríguez fuera recibir al embajador chino, consolidando una alianza donde el principio de no injerencia se intercambia por acceso a recursos y apoyo estratégico.
Es así que, cada potencia instrumentaliza el lenguaje legal a su conveniencia; unos como arma de acusación, otros como escudo de protección.
Como comunidad jurídica internacional, debemos preguntarnos si estamos presenciando la necesidad urgente de adaptar ciertos cambios al Derecho Internacional en esta esfera internacional multipolar. (O)
