Ley de Integridad Pública flexibiliza despidos públicos 

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El Reglamento de la Ley de Integridad Pública establece que los servidores públicos con nombramientos provisionales, para puestos con partidas vacantes podrán ser notificados con la terminación de su contrato «en cualquier momento».

La terminación podrá darse por necesidades institucionales, cambios organizacionales o decisiones administrativas, sin que esto implique «vulneración de derechos, al no existir un vínculo de estabilidad laboral», recalca la norma secundaria, que entró en vigencia el 23 de julio. 

El Reglamento recalca que la persona que reciba un nombramiento provisional para un puesto cuya partida esté vacante no tiene un derecho exclusivo sobre ese nombramiento, para el cual será elegido siempre que cumpla con los requisitos del puesto. 

Con esto se reforma el literal ‘c’ del artículo 18 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Público Público (Losep), el cual señalaba que se podía otorgar un nombramiento provisional para ocupar un puesto cuya partida estuviese vacante hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición.

Es decir, con el cambio legal, los nombramientos provisionales que hayan sido elegidos por partidas vacantes ahora podrán darse por terminados sin que sea necesario esperar a que se elija a una persona con nombramiento permanente mediante concurso para ocupar ese puesto. 

Con esto se reforma el literal ‘c’ del artículo 18 del Reglamento de la Ley Orgánica de Servicio Público Público (Losep), el cual señalaba que se podía otorgar un nombramiento provisional para ocupar un puesto cuya partida estuviese vacante hasta obtener el ganador del concurso de méritos y oposición.  (I)

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