Gobierno Provincial con teletrabajo

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El Gobierno Provincial mediante resolución administrativa determinó la incorporación de la modalidad de teletrabajo. (Foto El Heraldo) 
 

El Gobierno Provincial, en el marco de sus competencias, declara la emergencia dentro de la jurisdicción de Tungurahua. La resolución tomó la prefecta subrogante, Saida Haig, en coordinación y análisis conjuntamente realizado con los directores departamentales con el respaldo de las disposiciones legales, decretos ejecutivos y acuerdos ministeriales. 

La resolución administrativa del Gobierno Provincial tiene el afán de viabilizar, regular y ejecutar la aplicación de teletrabajo emergente y otras acciones que coadyuven el manejo de la emergencia sanitaria por coronavirus (COVID-19) y las estrategias para el cumplimiento de labores en el marco de las competencias dentro de la jurisdicción territorial de Tungurahua.

La incorporación de teletrabajo emergente está concebida para garantizar la salud de los servidores públicos, trabajadores y funcionarios del Gobierno, durante la emergencia sanitaria declarada. Los directores departamentales determinarán a los servidores públicos, trabajadores y funcionarios que se encuentren en estado de vulnerabilidad sanitaria, para que se acojan   a la nueva modalidad laboral. 

Según la resolución, se autoriza la prestación de sus servicios desde fuera de las instalaciones habituales de trabajo, garantizando la prestación y operatividad de prestaciones; los directores y la Unidad de Talento Humano establecerán controles y monitoreo permanentes de las actividades.

Además, los directores departamentales mediante análisis interno, implementarán la modalidad de trabajo que no involucre riesgo de contagio para los usuarios y personal de cada dependencia.

Otro de los aspectos analizados tiene que ver con las vacaciones, “los servidores públicos, trabajadores y funcionarios del Gobierno Provincial de Tungurahua, de considerar necesario podrán solicitar vacaciones durante el estado de emergencia sanitaria, para lo cual serán aceptadas y canalizadas a través de los órganos competentes previa verificación de disponibilidad de vacaciones”. (I) 

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