Corte Constitucional complica la conservación del Chocó Andino / Juan Diego Valdivieso Rowland

Columnistas, Opinión

El 30 de junio de 2021, la Corte Constitucional (CC) negó la solicitud de dictamen previo de constitucionalidad de la propuesta de consulta popular planteada para prohibir la explotación de minería metálica artesanal en el Subsistema Metropolitano de Áreas Naturales Protegidas del Distrito Metropolitano de Quito y en las parroquias que integran la Mancomunidad del Chocó Andino (Nono, Calacalí, Nanegal, Nanegalito, Gualea y Pacto), por no cumplir con los parámetros previstos en la Constitución.

La CC se refiere a la propuesta de consulta popular como “improcedente”. El plebiscito buscaba prohibir la minería metálica artesanal, pequeña, mediana y a gran escala. Este pedido fue ingresado por grupos ambientalistas en marzo pasado. El Chocó Andino se extiende entre Panamá, Colombia y el Noroccidente de Ecuador. El Chocó Andino, situado al Noroccidente del Distrito Metropolitano de Quito (DMQ) y de Pichincha, es muy biodiverso.

Sylvia Bonilla, abogada patrocinadora de la consulta, dijo que existe un “problema jurídico respecto de la valoración de la constitucionalidad de las preguntas, y este criterio que la Corte ha inventado respecto a la congruencia democrática”, motivo por el que se negó la consulta popular. “Se ha limitado y restringido el derecho a la participación contemplado en la Constitución”.

Por su parte, el colectivo Quito Sin Minería rechazó la decisión de la Corte. Verónica Potes explicó que es la sexta vez que se intenta llegar a la consulta popular y se les sigue “poniendo cortapisas” a esta solicitud.

Según El Universo, dos áreas serían intervenidas para evitar la explotación minera. La una es el Chocó Andino y la otra es el subsistema de áreas protegidas de Quito. Ese habría sido uno de los motivos de la Corte para negar la consulta. “La pregunta se vuelve compuesta”, agregó Potes. Aunque existe un espacio donde se cruzan los dos espacios, la decisión de negar el plebiscito fue justificada por la Corte por ser ambigua y desleal con el elector.

La posibilidad de subsanar errores y presentar nuevamente la propuesta en la Corte está abierta. Inty Arcos, miembro de la Mancomunidad, se refirió a la necesidad de preservar las áreas protegidas para futuras generaciones. Aun así, dijo que es decepcionante el accionar de la Corte y se debería “respetar la Constitución”. “La resistencia continúa en las comunidades, en los territorios. Vamos a seguir tocando puertas”, agregó.

Esta no sería la primera vez que la CC niega un pedido de consulta popular para consultar a los ciudadanos de un territorio si desean o no tener actividades mineras en sus territorios. Cuenca tuvo que presentar cuatro propuestas de consulta popular para llevar a cabo la última consulta, en la que le dijo no a la minería en zonas de recarga hídrica.

El problema radica en que, a pesar de la importancia de esta región para la conservación de la biodiversidad, las fuentes de agua y la regulación del clima, existen 21 concesiones para la explotación de oro. Según Milton Arciniegas, presidente del Frente anti minero de las parroquias del Noroccidente de Quito, “la extracción de minerales como el oro, el cadmio y la plata afectan directamente las fuentes hídricas de las parroquias y fomentan la destrucción de la naturaleza y de los hogares”.

Resulta obvio preguntar si la CC defiende la explotación minera o la conservación ambiental porque la respuesta es obvia. Tomando en cuenta que, en la última consulta popular de Cuenca, sus ciudadanos se pronunciaron mayoritariamente en contra de la minería, es evidente que la CC se vale de la “letra pequeña” para defender los intereses mineros y no la conservación del Chocó Andino.

En la próxima entrega hablaré sobre la riqueza biológica e hídrica del Chocó Andino y las razones por las que hay que conservar esta región. (O)

Deja una respuesta