Condonación no aplica a declaraciones tributarias

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Las declaraciones tributarias deben efectuarse a tiempo. (Foto El Heraldo)

La extinción de obligaciones tributarias vía remisión relacionadas con la condonación de intereses y multas, no aplica a la declaración del Impuesto a la Renta de sociedades, según autoridades del Servicio de Rentas Internas (SRI).

Esto va con relación al anuncio gubernamental sobre la extinción de obligaciones tributarias vía remisión.

En este mes está vigente la obligación para la presentación y pago de la declaración del pago del Impuesto a la Renta de sociedades conformadas de hecho o de derecho. Las fechas de vencimiento serán en función del noveno dígito del RUC.

“Hacemos el llamado a las sociedades para la presentación oportuna del Impuesto a la Renta o el pago voluntario. Es equivocado si alguna sociedad pretende no pagar el impuesto ahora y luego querer adherirse al tema de remisión, porque no incluirá renta del 2017 que se declara en abril del 2018”, dijo Fabián Mera, director de la entidad.

A nivel de la Zonal Tres existe un total de 7.809 contribuyentes obligados a presentar la declaración del Impuesto a la Renta. De este número 3.086 corresponden a Tungurahua.

Mera espera que el cumplimiento de la obligación tributaria tenga el mismo comportamiento del Impuesto a la Renta de personas naturales, cuyo resultado fue el mejor a nivel del país con una brecha del 4.4% a nivel nacional. De casi 38 mil contribuyentes, apenas 1.200 no lo hicieron, pero ya habrían sido notificados. (I)

 

 

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