Trabajo sustituto, alternativa de empleo a vulnerables

Titulares

Existen varias condiciones para que las personas con discapacidad (al 75%) puedan laborar a través de otra, y esa posibilidad se denomina, trabajo sustituto. (Foto El Heraldo)


Darwin Sánchez es trabajador sustituto; es decir, es una persona acreditada por el Ministerio de Trabajo que puede trabajar en lugar de la persona con discapacidad. En este caso, su tía tiene discapacidad intelectual del 75%.

De acuerdo a la Ley Orgánica de Dicapacidades, en el artículo 48, ‘Sustitutos’: ‘Las y los parientes hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, cónyuge, pareja en unión de hecho, representante legal o las personas que tengan bajo su responsabilidad y/o cuidado a una persona con discapacidad severa, podrán formar parte del porcentaje de cumplimiento de inclusión laboral, de conformidad con el reglamento. Este beneficio no podrá trasladarse a más de una persona por persona con discapacidad’.(I)

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